Intersectorialidad en las políticas de salud mental: sus características para la externación sustentable en el marco de la desinstitucionalización psiquiátrica en el Uruguay
DOI:
https://doi.org/10.33517/rue2020v15n2a3Palabras clave:
atención a la salud mental, colaboración intersectorial, derechos humanos, sistemas de salud, políticas públicas de saludResumen
En este artículo concentramos el análisis en la comprensión de las características que asume la política de salud en el Uruguay a partir de la reforma del sistema de atención de la salud mental. La perspectiva de lectura analítica que asumimos toma dos vectores puestos en juego tanto en la norma que fomenta esta reforma (Ley N°19.529 de Salud Mental) como en la argumentación de actores implicados en el campo de la salud mental; ellos son: la intersectorialidad como modelo de políticas públicas y el discurso de derechos para el campo de la salud mental. Los datos en los que nos basamos son producto de una investigación de carácter nacional desarrollada durante el período 2016-2018. No es objetivo de este artículo presentar la investigación en su globalidad, si bien nos detenemos en detalles del diseño metodológico en el apartado correspondiente. Los objetivos de este artículo se dirigen a profundizar en una de las líneas de resultados de la investigación a partir de la incorporación de datos empíricos, la presentación de las principales líneas de lectura analítica de tales datos y el desarrollo de las conclusiones más destacadas en torno a los resultados. Son objetivos de este artículo: (i) identificar la modalidad o las modalidades de intersectorialidad presentes en el discurso de los entrevistados, (ii) brindar en términos analíticos una línea de lectura posible sobre la intersectorialidad y los derechos humanos en el campo de la política pública y la salud mental. Las conclusiones a las que arribamos indican un contexto gubernamental y técnico aún débil para la implementación de la intersectorialidad en el diseño de la asistencia de la salud mental y la generación de garantías claras para el acceso al ejercicio de los derechos humanos. Esto permea las posibilidades técnicas de desarrollo de prácticas efectivas en tal sentido.
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